Quien se dedica a la gestión de los recursos humanos aún recuerda con sudor frío la vorágine desatada tras la dichosa pandemia. Confinamiento, permisos retribuidos recuperables, leyes publicadas cada cuarto de hora (que en muchos casos enmendaban la plana a la norma que todavía no había perdido el calor de la impresora), restricciones, medidas de seguridad extraordinarias, trabajadores y actividades esenciales y un largo etcétera de cosas que hasta la fecha no habíamos visto.
En ese maremágnum, destaca la confusión generada con las solicitudes de suspensión de contratos por fuerza mayor. Denegadas inicialmente, posteriormente concedidas en su mayoría, en fin, un caos jurídico que desembocó en ciertos patinazos, ciertamente comprensibles.
Uno de los más comunes fue solicitar la bonificación de las cuotas de Seguridad Social de los meses de mayo de 2020 en adelante sin presentar la declaración responsable de estar en ERTE de fuerza mayor; requisito que no era necesario en un principio, pero que fue implantado en una de las innumerables modificaciones que sufrió esta materia.
La Seguridad Social ha venido denegando sistemáticamente esta bonificación por la mera ausencia de esta declaración responsable, lo que consideramos un despropósito, puesto que lo esencial debería ser la naturaleza del ERTE, y no, la presentación de un simple papel.
A pesar de que la gran mayoría de los recursos ante la Administración y posteriores sentencias de los juzgados de lo contencioso administrativo han estado denegando esta bonificación por este mero defecto formal, en el despacho hemos podido recuperar judicialmente una importante bonificación que fue denegada por el simple hecho de no haber presentado en su momento (al presentar las cotizaciones) la indicada declaración responsable. Aún estás a tiempo.