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La irretroactividad en la aplicación de los cambios de criterios administrativos y judiciales que perjudiquen a los contribuyente
María Sánchez García-Abril
mayo 11, 2022
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) en una reciente resolución de 23 de marzo de 2022 se pronuncia sobre la irretroactividad en la aplicación de los cambios de criterios administrativos y judiciales que perjudiquen a los contribuyentes. Basándose en la idea de que los principios de seguridad jurídica y confianza legítima que amparan a los […]

El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) en una reciente resolución de 23 de marzo de 2022 se pronuncia sobre la irretroactividad en la aplicación de los cambios de criterios administrativos y judiciales que perjudiquen a los contribuyentes.

Basándose en la idea de que los principios de seguridad jurídica y confianza legítima que amparan a los contribuyentes exigen previsibilidad, el TEAC confirma el criterio ya contenido en su previa resolución de 11 de junio de 2020, sobre que un cambio de criterio del Tribunal Supremo o del propio TEAC que perjudique al contribuyente sólo puede aplicarse desde que dicho cambio se produce (prospectivamente), y no de forma retroactiva. De esta forma se limitan las actuaciones de los órganos de aplicación de los tributos (gestión e inspección) o incluso de los órganos revisores (AEAT y TEAR) que aplicaban los nuevos criterios administrativos y judiciales a situaciones pasadas en los que los contribuyentes aplicaron los criterios entonces aplicables (más beneficiosos).

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